miércoles, 2 de febrero de 2011

CONOCE NUESTROS NUEVOS ESTATUTOS Y OPINA SOBRE ELLOS!!!

La Asamblea General de afiliados de la Asociación de Egresados de la Universidad Tecnológica de Pereira aprobó la reforma de estatutos el 15 de agosto de 2010, queremos que hagas parte de ellos... Conócelos y participa.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE EGRESADOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PEREIRA

“ASEUTP”

TÍTULO I: RAZÓN SOCIAL, FUNCIONAMIENTO, OBJETO, DURACIÓN Y DOMICILIO

ARTÍCULO 1. RAZÓN SOCIAL.- Esta entidad se denomina “ASOCIACIÓN NACIONAL DE EGRESADOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PEREIRA”, y está conformada por la agrupación Nacional de Egresados que han recibido un título universitario de esta Universidad, y que cumplen con las normas contenidas en estos Estatutos. Fue fundada en Pereira el 18 de Julio de 1.968 y el Gobierno Nacional le reconoció la Personería Jurídica el 10 de febrero de 1.969 por Resolución número 2191 expedida por la Gobernación de Risaralda.


Parágrafo.- La sigla de la Asociación será: “ASEUTP”

ARTÍCULO 2. FUNCIONAMIENTO.- El funcionamiento de la Asociación se regirá por los presentes Estatutos y por las disposiciones legales vigentes o de las que en el futuro se dicten sobre la materia.


ARTÍCULO 3. OBJETO DE LA ASOCIACIÓN.- La Asociación de Egresados de la Universidad Tecnológica de Pereira es una organización sin ánimo de lucro, de derecho privado, y de beneficio común, que busca fomentar el desarrollo integral de la comunidad, la universidad, la empresa, y los egresados estrechando entre sus miembros los vínculos de fraternidad emanados por pertenecer a la misma Alma Máter. En busca de su propósito desarrolla actividades tendientes a incrementar el compañerismo, la cooperación y solidaridad, entre el egresado y la comunidad universitaria, todas ellas orientadas a propiciar el desarrollo y buena imagen de la Universidad Tecnológica de Pereira, mediante la prestación de servicios a los egresados y a la comunidad en general. Lo anterior, será desarrollado a través de los siguientes fines específicos:

a) Velar por la supervivencia y el progreso de la Universidad Tecnológica de Pereira y todos sus Estamentos.

b) Cooperar con la Universidad para el mejoramiento de los métodos de investigación y sistemas docentes, de acuerdo con la experiencia derivada de la práctica profesional.

c) Colaborar para que sus asociados se conozcan y puedan establecer relaciones de cooperación.

d) Estimular y vigilar el cumplimiento de las normas de etica profesional.

e) Fomentar la creación de Capítulos de esta Asociación en el mayor número de ciudades del país y del exterior, de acuerdo con los requisitos definidos en estos Estatutos.

f) Estrechar las relaciones de los miembros de la Asociación con los alumnos de la Universidad y ayudarlos en lo posible en sus estudios y en su posterior ingreso a la vida profesional.

g) Trabajar por el desarrollo cultural, social y económico de Colombia.

h) Promover actividades generales para sus miembros con fines profesionales, culturales, sociales y científicos.

i) Impulsar, mediante convenios con la Universidad Tecnológica o a nombre propio, programas de extensión académica, y de actualización hacia las regiones en que existan capítulos de ASEUTP.

j) Contratar con entidades públicas y/o privadas proyectos, labores de consultoría, auditoría, asesoría, construcción de obras, obtención de concesiones, prestación de servicios y/o interventorías relacionadas con todas las ramas del conocimiento, en especial sobre las cuales egresan profesionales de la Universidad Tecnológica de Pereira.

k) Contratar con entidades públicas y/o privadas trabajos o estudios, adquirir, vender y/o enajenar bienes muebles e inmuebles, asociarse y obligarse con terceros y realizar toda clase de operaciones económicas o financieras.

l) Realizar labores de seguimiento, promoción laboral y capacitación al egresado titulado de la Universidad Tecnológica de Pereira.

m) Promover, estructurar, gerenciar, ejecutar y evaluar proyectos de desarrollo en cualquiera de las etapas, financiados con recursos de fuentes nacionales o internacionales.

n) Prestar asesoría y asistencia técnica a entidades públicas y privadas en materias relacionadas con proyectos de desarrollo, mediante la preparación y realización de estudios y la administración y ejecución en cualquiera de sus etapas, así como desarrollar procesos de servicios de gestión y capacitación del talento humano.

o) Celebrar contratos con personas naturales o jurídicas para administrar recursos destinados a la ejecución de proyectos y para el desarrollo de esquemas de gerencia de proyectos


ARTÍCULO 4. DURACIÓN.- La Asociación tendrá una duración de 100 años, a partir de la fecha de obtención de su personería, pero podrá disolverse de acuerdo con lo previsto en los Estatutos o en su defecto por lo que establezca la ley que la rige.


ARTÍCULO 5. DOMICILIO.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de Pereira.

Parágrafo: La Asociación Nacional podrá desarrollar sus actividades a través de los capítulos en cada ciudad donde ellos existan del Territorio Nacional o del Exterior.


TITULO II

DE LOS ASOCIADOS: CONFORMACIÓN Y CLASIFICACIÓN, AFILIACIÓN, CUOTA DE MANTENIMIENTO, DERECHOS, PERMANENCIA Y DEBERES


ARTÍCULO 6. CONFORMACIÓN Y CLASIFICACIÓN.- La ASEUTP está conformada por los egresados afiliados a ella y se clasifican en:

a) Asociados Activos: Son los egresados titulados de la Universidad Tecnológica de Pereira que presenten solicitud de afiliación, quienes deberán aceptar y cumplir las obligaciones establecidas en los Estatutos y reglamentos que apruebe la Junta Directiva.

b) Asociados Recién Egresados: Son todos los Egresados de pregrado debidamente certificados por la Universidad Tecnológica de Pereira que gozarán de este carácter por un periodo de 6 meses contados a partir de la fecha de su grado.

c) Asociados Beneméritos: Son los asociados o miembros de la Asociación que se consideren merecedores de esta distinción por sus actividades en favor de la misma, de la Universidad Tecnológica de Pereira o por algún mérito especial.

Parágrafo 1.- Los Asociados Recién Egresados tendrán acceso a todos los servicios que presta la Asociación Nacional en forma gratuita por un periodo de 6 meses, tiempo después del cual perderá el carácter de Asociado Recién Egresados.

Parágrafo 2.- Para el nombramiento de Asociados Beneméritos se sugieren los pasos que establezca el Reglamento, pero la decisión de la Junta Directiva será ratificada por la Asamblea Nacional.


ARTÍCULO 7. AFILIACIÓN.- Las afiliaciones se realizarán ante la Asociación Nacional de Egresados o ante la Junta Directiva del Capitulo al que desee pertenecer.

Parágrafo. En caso que el asociado solicite traslado por ocasión de cambio de domicilio, la Asociación Nacional o el Capitulo donde se encontrare afiliado informará al respectivo ente para que se le admita y conserven los derechos adquiridos hasta la fecha de vencimiento de la correspondiente afiliación.

ARTICULO 8. CUOTA DE MANTENIMIENTO.- Para la participación en la Asamblea Nacional de Egresado los miembros activos de los capítulos deberán sufragar la cuota de mantenimiento de la Asociación Nacional de Egresados.


ARTÍCULO 9. DERECHOS DE LOS ASOCIADOS ACTIVOS.-Los Asociados activos tendrán los siguientes derechos:

a) Participar con voz y voto en las reuniones de la Asamblea Nacional.

b) Elegir y ser elegidos para los cargos o comités de la ASEUTP en la Dirección Nacional.

c) Elegir y ser elegidos según sea el caso para todas las representaciones que la ASEUTP tenga ante la Universidad Tecnológica de Pereira, Organismos del Estado, Organizaciones no Gubernamentales, Asociaciones Gremiales o de Interés Público etc., a nivel Nacional o de Capítulo.

d) Solicitar la convocatoria a Asamblea, de acuerdo con lo normado en estos estatutos y en las leyes.

e) Obtener el distintivo o carné que los acredite como Asociados Activos de ASEUTP.

f) Asistir a todas las actividades Internacionales, Nacionales y Regionales que programe la Asociación.

g) Solicitar y recibir de ASEUTP su asesoría y colaboración en aspectos administrativos, técnicos, académicos y legales.

h) Los demás que les otorguen las disposiciones legales, estatutarias, reglamentarias y los acuerdos de la Asamblea.


ARTÍCULO 10. PERMANENCIA.- Perderá el carácter de:

a) Asociado Activo, cualquier miembro a quien se le compruebe que hizo uso indebido del buen nombre de ASEUTP o de sus recursos físicos y/o financieros con fines personales o delictivos, tanto en la Asociación Nacional como en los Capítulos.

b) Asociado Activo, el carácter de asociado activo se perderá en forma transitoria para quien deje de pagar a la Asociación Nacional de Egresados o a los Capítulos, las cuotas ordinarias y/o extraordinarias durante seis (6) meses después del vencimiento. El Asociado readquirirá sus derechos en la Asociación cuando haya cubierto las cuotas que adeuda.

c) Miembro de la Junta Directiva Nacional, el miembro de Junta Directiva que deje de asistir a tres (3) reuniones consecutivas de la misma, sin causa justificada.

d) Dignatario de la Junta Directiva Nacional y de Representante de la Asociación ante los Consejos y Comités de la Universidad Tecnológica de Pereira, y ante los demás organismos en que se tenga representación, quien deje de asistir a tres (3) reuniones consecutivas del ente para el cual fue nombrado, sin causa justificada.

e) Miembro de la Junta Directiva Nacional, los presidentes o vicepresidentes de los capítulos que se disuelvan o que incumplan las normas y reglamentos establecidos por estos estatutos y la Junta Directiva Nacional. Se readquirirá el derecho cuando se restablezcan o se subsanen las causas que motivaron la pérdida de la investidura.


ARTÍCULO 11. DEBERES.- Son deberes de los Asociados:

a) Cumplir con todos los lineamientos establecidos en los presentes estatutos y acogerse a las de sus órganos directivos.

b) Observar las normas de ética profesional en el ejercicio de la misma.

c) Desempeñar a cabalidad los cargos o representaciones para los cuales fueren elegidos, a nivel nacional o de capítulo.

d) Asistir a las reuniones de la Asamblea Nacional o del Capítulo.

e) Cooperar con ASEUTP, con entusiasmo y eficiencia en sus programas, por el progreso y engrandecimiento de la Asociación.

f) Contribuir con sus conocimientos y experiencia en los programas o eventos que ASEUTP realice.

g) Pagar en su oportunidad las cuotas de afiliación y sostenimiento de la Asociación.


TITULO III

GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN, ASAMBLEA GENERAL, REUNIONES, CONVOCATORIA, QUORUM, ACUERDOS,
VALIDEZ, DIRECCIÓN Y FUNCIONES


ARTÍCULO 12. GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN.- La Asociación será gobernada por la Asamblea Nacional de Asociados y su órgano de administración será la Junta Directiva Nacional.


ARTICULO13. ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS.- La asamblea general de asociados está conformada por todos los asociados activos y beneméritos, su función es velar por el cumplimiento de los objetivos de la entidad, en ella radica la máxima potestad sobre su existencia y funcionamiento.


ARTICULO 14. REUNIONES.- La Asamblea Nacional de Asociados, tendrá dos clases de reuniones, ordinarias y extraordinarias, siendo necesario de la mitad mas uno de los asociados para decidir y deliberar en cualquiera de ellas.

Las reuniones ordinarias se realizarán una vez cada año en el mes de agosto, en ellas se podrá examinar la situación administrativa, económica y financiera de la entidad, elegir administradores, representantes legales y demás cargos previstos en los estatutos, estudiar y analizar las cuentas y el balance del último ejercicio y acordar la demás decisiones propias al desarrollo del objeto de la entidad.

Las reuniones extraordinarias se celebran en cualquier momento y se convocan para atender asuntos urgentes e importantes, que requieran una aprobación inmediata y no den espera a la reunión ordinaria.


ARTICULO 15. CONVOCATORIA.-La convocatoria a las reuniones ordinarias o extraordinarias será efectuada por el representante legal a solicitud del fiscal, la junta directiva nacional y/o un número de asociados activos no menor al 15% del total, mediante cualquier medio de comunicación como correo electrónico (e-mail), aviso de prensa en diario de circulación nacional, radio, televisión, página Web de la Universidad, pagina Web de la Asociación; pero es requisito que se haga por lo menos mediante aviso que se publicará en la página Web y en un diario de circulación nacional.

La convocatoria para las reuniones ordinarias se harán con quince días (15) hábiles de antelación y las extraordinarias con cinco (5) días comunes de antelación.

Parágrafo 1.- Para el cálculo del número de días de la convocatoria, no deben tenerse en cuenta el día en que se efectúa la convocatoria ni el día en que se llevará a cabo la reunión.


ARTÍCULO 16. QUORUM.- Existirá quórum cuando se encuentren presentes la mitad más uno de los Asociados Activos. Ejercerá el derecho al voto el asociado activo siempre que su afiliación se haya realizado con no menos de seis (6) meses de antigüedad.

Si se convoca a la asamblea general de asociados y la reunión no se efectúa por falta de quórum, se dará espera de una hora, una vez transcurrida se podrá llevar a cabo la reunión con un número plural de asociados que representen por lo menos el 10% del total de asociados que cumplan con el requisito establecido en el inciso primero de este articulo.

De no poderse reunir la Asamblea por falta de quórum, la Junta Directiva Nacional podrá citar a una nueva reunión de Asamblea, en los términos en que se citó a la reunión fallida, la cual podrá celebrarse no antes de diez (10) días hábiles ni después de treinta (30) días hábiles de la citada reunión; la nueva reunión de Asamblea podrá sesionar y decidir con cualquier numero plural de asociados activos que asistan y que cumplan con lo establecido en el inciso primero de este articulo.


ARTICULO 17. Para la conformación del quórum y mayorías, en todos los órganos de ASEUTP (Asamblea, Junta Directiva, Comités, entre otros), se deja establecido:

QUORUM DELIBERATORIO: Es el mínimo de asociados necesarios para que se lleve a cabo una reunión.

QUORUM DECISORIO: El número mínimo de asociado, que estando presentes entran a decidir sobre un tema.
a) MAYORIA ABSOLUTA: Es necesaria la mayoría absoluta cuando la votación sobre un asunto sometido a su consideración requiere, para su aprobación, una mayoría igual o superior a la mitad más uno de los miembros activos del órgano en cuestión.
b) MAYORIA SIMPLE: Se denomina mayoría simple o mayoría ordinaria o simplemente mayoría al sistema de votación mediante el cual se requiere, para aprobar una decisión, más votos a favor de los que son en contra. Es decir, se elige la opción que obtenga más votos que las demás.
En este caso con mayoría ordinaria vencería la opción "a favor" o "en contra" que más votos obtenga. Si hubiese abstenciones, éstas no se tienen en cuenta para el recuento.

ARTÍCULO 18. ACUERDOS.- Las decisiones de la Asamblea se denominarán acuerdos. Los acuerdos aprobados por la Asamblea deben ir numerados en orden consecutivo y sin interrupción en el tiempo, empezando con el número uno (1). De lo ocurrido en la reunión de una Asamblea, deberá dejarse constancia en un acta numerada en la misma forma que los acuerdos, la cual una vez aprobada por la misma Asamblea o por las personas que ésta delegue para tal fin, se registrará ante los organismos competentes cuando sea del caso.


ARTICULO 19. VALIDEZ DE LAS DECISIONES.- Para la validez de las decisiones de la Asamblea Nacional de Asociados, se requiere la mitad mas uno de los votos de los asistentes que sean Asociados Activos, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 17.


ARTÍCULO 20. DIRECCIÓN DE LA ASAMBLEA.-La Asamblea Nacional será presidida por el Presidente, o en su defecto, por el Vicepresidente de la Junta Directiva Nacional; en ausencia de éstos, presidirá la Asamblea un Asociado designado por ella para tal fin. Su secretario, será el Secretario Nacional.

Parágrafo.-Para la conducción y manejo de la Asamblea, se utilizarán los procedimientos parlamentarios.


ARTICULO 21. FUNCIONES DE LA ASAMBLEA.- La Asamblea Nacional tendrá las siguientes funciones:

a) Fijar las normas y programas generales que han de guiar a la Asociación en especial a la Junta Directiva Nacional, durante cada período.

b) Servir de organismo consultivo para la Junta Directiva Nacional de la Asociación.

c) Aprobar y/o modificar los Estatutos de la Asociación en un solo debate.

d) Elegir en sesión plenaria cuatro (4) Representantes que formarán parte de la Junta Directiva Nacional por un período de dos (2) años

e) Elegir en sesión plenaria un (1) Representante por cada Facultad de la Universidad Tecnológica de Pereira por un período de dos (2) años.

f) Elegir en sesión plenaria al Fiscal de la Asociación y a su suplente para un período de dos (2) años. El Fiscal y su suplente deberán ser residentes en Pereira.

g) Decidir sobre la disolución y liquidación de la Asociación.

h) Las demás que le señale la ley.

Parágrafo 1.-Para ser elegido Representante de la Asamblea en la Junta Directiva Nacional se requiere ser Asociado Activo con una antigüedad no menor de seis (6) meses.

Parágrafo 2.-Cumplido su período y en el caso de no haberse realizado la Asamblea para nuevo nombramiento, los cuatro Representantes a la Junta Directiva Nacional continuarán en el ejercicio de sus cargos hasta la realización de la misma, siempre y cuando no hayan sido reemplazados por la Junta Directiva Nacional por las causales establecidas en el artículo 10, literales “a” y “c”.

El Fiscal y su Suplente en ningún caso pueden ser reemplazados por la Junta Directiva Nacional y continuarán en el ejercicio de sus cargos hasta la realización de nueva Asamblea.


TÍTULO IV

JUNTA DIRECTIVA NACIONAL: CONFORMACIÓN, REUNIONES, CONVOCATORIA, QUORUM, DECISIONES, DIGNATARIOS Y REPRESENTANTES.

ARTICULO 22. CONFORMACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA NACIONAL.- La Junta Directiva Nacional, es el órgano de administración de la asociación y estará integrada de la siguiente manera:

a)Los Presidentes o Vicepresidentes de los Capítulos legalmente establecidos, que cuenten con Personería Jurídica, NIT propio y cumplan lo estipulado en los artículos 40 y 41 de los presentes estatutos.

b) El Representante de los Egresados ante el Consejo Superior de la Universidad Tecnológica de Pereira.

c) Cuatro (4) miembros elegidos por la Asamblea Nacional.

d) Un (1) Representante de los egresados por cada Facultad de la Universidad Tecnológica de Pereira.

Parágrafo 1.- El fiscal, el delegado designado por cada grupo ASEUTP y el Director Ejecutivo, participarán con derecho a voz pero sin voto, en las reuniones de la Junta Directiva Nacional.

Parágrafo 2.-El Representante de los egresados ante el Consejo Superior de la Universidad Tecnológica de Pereira participara con voz y voto dentro de la Junta Directiva Nacional si es asociado activo de la Asociación de Egresados de la Universidad Tecnológica de Pereira y participara solamente con voz, si no es asociado activo de la Asociación de Egresados de la Universidad Tecnológica de Pereira.

Parágrafo 3.-Un capítulo se considera legalmente establecido cuando tenga por lo menos un (1) año de funcionamiento, contado desde la fecha de Registro en la Cámara de Comercio respectiva, y que haya desarrollado las actividades propias de la Asociación.

Los Presidentes o Vicepresidentes de los Capítulos que cuenten con su registro pero no hayan completado el año de funcionamiento, podrán participar en las reuniones de la Junta Directiva Nacional con voz, pero sin voto.

Parágrafo 4.-La calidad de capítulo legalmente establecido en el país se acreditará, ante la Junta Directiva Nacional, anualmente, con la presentación del certificado de la Cámara de Comercio, el respectivo NIT, y copia del acta de la última reunión de la Asamblea del Capítulo o de la Junta Directiva del mismo, que se haya realizado con nomás de seis (6) meses de antelación.

La acreditación de los Capítulos establecidos en el exterior se establecerá con la presentación de la copia del acta de la última Asamblea o reunión de Junta del Capítulo pero deberá ser aprobada por la Junta Directiva Nacional, mediante resolución motivada.

Parágrafo 5.-La participación en las reuniones de la Junta Directiva Nacional, del Fiscal, de los delegados de grupos ASEUTP, del Director Ejecutivo y de los Presidentes o Vicepresidentes de los Capítulos que cuenten con su registro pero no hayan completado el año de funcionamiento, no será tenida en cuenta para los cálculos de conformación del quórum y validez de las votaciones.

Parágrafo 6.-En caso de que ni el Presidente o el Vicepresidente pueda asistir a reunión de junta directiva nacional convocada por el Presidente de la Junta Directiva Nacional, el Presidente del Capítulo deberá otorgar poder escrito a algún miembro del capítulo para asistir a dicha reunión.


ARTÍCULO 23. REUNIONES.- La Junta Directiva Nacional deberá reunirse obligatoriamente una vez cada trimestre y extraordinariamente cada vez que la convoque el Presidente de esta Junta, o a solicitud de por lo menos dos (2) de sus miembros.


ARTÍCULO 24. CLASES DE REUNIONES.-La Junta Directiva Nacional tendrá dos clases de reuniones:

a) Reuniones presenciales.

b) Reuniones mediante tele-conferencia o virtuales.


ARTÍCULO 25. DEFINICIÓN.-Las reuniones se definen como:

a) Reuniones presenciales: Son aquellas que se realizan con la presencia física y simultánea de sus miembros, en el mismo recinto.

b) Reuniones mediante tele-conferencia o virtuales: Son las que se realizan a través de medios electromagnéticos, conferencias telefónicas o sistemas de comunicación como Internet, radio y televisión; no requieren la presencia física en el mismo recinto, pero sus participantes deben simultáneamente encontrarse conectados al medio por el cual se realiza. Para la toma de decisiones se requiere se requiere la participación de todos los miembros.


ARTÍCULO 26. CONVOCATORIAS.-La convocatoria a reunión presencial de Junta Directiva Nacional deberá hacerse por correo electrónico (e-mail), fax o carta con no menos de ocho (8) días hábiles de antelación para reuniones ordinarias y cinco (5) días comunes de antelación para reuniones extraordinarias, y deben expresar: el día, la fecha, la hora, el sitio (ciudad y dirección exacta) y el orden del día que se desarrollará. En caso de realizarse la reunión fuera del domicilio se deberá contar con la totalidad de los miembros.

La convocatoria a reunión por tele-conferencia o virtual, podrá hacerse vía e-mail acompañada de confirmación telefónica con no menos de 24 horas de anticipación, siempre y cuando se indique, además de los requisitos anteriormente mencionados, el medio a través del cual se desarrollará la reunión.

Parágrafo.- La Junta Directiva Nacional podrá sesionar y decidir válidamente, sin convocatoria previa, en cualquier lugar o por cualquier medio, si cuenta con la participación de la totalidad de sus miembros.


ARTÍCULO 27. QUORUM.- Existirá quórum deliberativo y decisorio en la Junta Directiva Nacional, cuando participen en la reunión por lo menos el 40% de los miembros.

Parágrafo. En ningún caso se constituye quórum con menos de tres (3) miembros.


ARTÍCULO 28. RESOLUCIONES.-Las decisiones de la Junta Directiva Nacional se denominarán Resoluciones. Las resoluciones aprobadas por la Junta Directiva Nacional deben ir numeradas en orden consecutivo y sin interrupción en el tiempo, empezando con el número uno (1). De lo ocurrido en la reunión de una Junta Directiva Nacional, deberá dejarse constancia en un acta numerada en la misma forma que en las resoluciones estableciendo el tipo de reunión: ordinaria o extraordinaria.


ARTÍCULO 29. VALIDEZ DE LAS RESOLUCIONES.- Para su validez, las Resoluciones de la Junta Directiva Nacional, deberán ser adoptadas por la mayoría simple de los participantes con derecho a voto en la reunión, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 17 y deben ser firmadas por el Presidente y el Secretario de la Junta.


ARTÍCULO 30. NOMBRAMIENTO DE DIGNATARIOS.- La Junta Directiva Nacional tendrá los siguientes dignatarios:

a) Presidente.

b) Vicepresidente.

c) Secretario.

d) Tesorero.

Deben pertenecer a su seno y serán nombrados para un período de dos (2) años, pudiendo ser reelegidos.


Parágrafo.-La elección se hará en reunión presencial, en forma ordinaria dentro de los treinta (30) días siguientes a la celebración de la Asamblea que eligió el Fiscal y los Representantes a la Junta.



TÍTULO V

FUNCIONES DE LOS DIGNATARIOS Y DE LA JUNTA DIRECTIVA NACIONAL


ARTÍCULO 31. FUNCIONES DEL PRESIDENTE.- Serán funciones del Presidente de la Junta Directiva Nacional:

a) Llevar la Representación Legal de la Asociación ante todas las autoridades, corporaciones y terceras personas.

b) Convocar y presidir la Junta Directiva Nacional.

c) Presidir la Asamblea Nacional de Asociados.

d) Presentar a la Asamblea Nacional de Asociados un informe de las labores desarrolladas y recomendar un programa a seguir durante la siguiente vigencia.

e) Firmar, junto con el Secretario, los acuerdos, resoluciones y actas de los órganos de dirección que preside.

f) Asistir en nombre de la Asociación a todos los eventos a que ésta sea invitada o en su defecto nombrar a un socio activo como su reemplazo, preferiblemente un miembro de la Junta Nacional o de las Juntas de los Capítulos.


ARTÍCULO 32. FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE.- Serán funciones del Vicepresidente de la Junta Directiva Nacional:

a) Ser el suplente del representante legal de la Asociación.

b) Reemplazar al Presidente en caso de ausencia temporal; se entenderá por ausencia temporal el no desempeño de las funciones por periodos que no excedan de tres (3) meses continuos o cuatro (4) meses discontinuos. Las que pasen de estas duraciones se consideran como ausencias definitivas.

c) Colaborar con el Presidente y bajo la dirección de él, en el desempeño de las funciones que corresponden a los Presidentes.

d) Coordinar y administrar las actividades de Educación Continuada a nivel Nacional.


ARTÍCULO 33. FUNCIONES DEL SECRETARIO.-Serán funciones del Secretario Nacional:

a) Notificar a los Presidentes de los Capítulos, a los Representantes elegidos por la Asamblea, al Representante al Consejo Superior de la UTP y al Fiscal, sobre la convocatoria de reuniones de la Junta Directiva Nacional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de este estatuto.

b) Certificar mediante constancia en el acta de la reunión respectiva, que fueron citados la totalidad de los miembros a la reunión de Junta Directiva Nacional cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 26 de este estatuto.

c) Redactar las Actas, Acuerdos y Resoluciones de las Sesiones de la Asamblea General de Asociados, y las de la Junta Directiva Nacional y mantener el orden consecutivo de la numeración de las mismas.

d) Hacerse cargo de la correspondencia y del archivo de la Asociación.

e) Mantener estrecho contacto de coordinación con los Presidentes de los Capítulos.

f) Revisar y radicar en el Registro General, los Asociados aceptados en los Capítulos.

g) Divulgar y dar cumplimiento a las órdenes y Resoluciones emanadas de la Asamblea y la Junta Directiva Nacional.

h) Organizar y actualizar la base de datos de los asociados y coordinar las publicaciones correspondientes.


ARTÍCULO 34. FUNCIONES DEL TESORERO NACIONAL.-Son funciones del Tesorero Nacional:

a) Recaudar los fondos y depositarlos en la Cuenta Bancaria de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 36, literal “j’’.

b) Llevar al día los Libros de Contabilidad y cuidar que los gastos se ajusten al presupuesto y a la situación económica de los fondos nacionales.

c) Someter a la aprobación del respectivo presidente y el Fiscal todos los gastos que juzgue deben ejecutarse, y hacer solamente los que la hayan recibido.

d) Presentar al Presidente Nacional y a su Junta Directiva Nacional un informe detallado de cuentas con el correspondiente Balance, en cada reunión de Junta Directiva.

e) Dar estricto cumplimiento a las órdenes y Resoluciones de Tesorería emanadas de la Asamblea Nacional y de las reuniones de Junta Directiva Nacional.


ARTÍCULO 35. NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES.-La Junta Directiva Nacional nombrará a los Representantes de la Asociación ante los Consejos y Comités de la Universidad Tecnológica de Pereira, diferentes al Representante de los Egresados ante el Consejo Superior de la UTP, y ante los demás organismos en que ASEUTP tenga representación, para los periodos requeridos, pudiendo ser reelegidos, en reunión citada para tal fin.

Parágrafo 1.-La Junta Directiva Nacional comunicará a los Capítulos y divulgará a través de la página Web cada vez que se requiera nombrar algún Representante, con una antelación no menor a quince (15) días. El anterior requisito puede pasarse por alto, si el anuncio se realiza durante la celebración de una Asamblea General.

Parágrafo 2.-Para ser nombrado en cualquier Representación que tenga la Asociación ante la Universidad y demás organismos, se requiere ser Asociado Activo con una antigüedad no menor de seis (6) meses.

Parágrafo 3.-Los aspirantes ha ser elegidos como Representantes de la Asociación ante los Consejos, Comités y demás organismos en que ASEUTP tenga representación; no podrán participar en la reunión de la Junta Directiva en que se celebre la elección, pero deberán enviar comunicación escrita por carta fax o e-mail manifestando su aspiración y adjuntando todos los datos que consideren convenientes para obtener su elección.


ARTÍCULO 36. FUNCIONES Y ATRIBUCIONES JUNTA NACIONAL.- La Junta Directiva Nacional tendrá las siguientes funciones y atribuciones:

a) Hacerse responsable por la realización de las conclusiones y políticas aprobadas en la Asamblea Nacional.

b) Trazar las políticas de la Asociación en ausencia de la Asamblea Nacional.

c) Elaborar su propio Reglamento Interno en cuanto aquello que no quede especificado en estos Estatutos.

d) Elegir de su seno a los dignatarios de la Junta.

e) Elegir a todos los Representantes de la Asociación, ante los organismos, gremios, asociaciones y comités, diferentes al Consejo Superior de la UTP.

f) Nombrar el reemplazo de los miembros de la Junta Directiva Nacional elegidos por la Asamblea, que hayan renunciado a su cargo, o que pierdan la representación por las causales establecidas en el artículo 10, literales “a” y “c” de estos estatutos, hasta la terminación de su período.

g) Remover y nombrar su reemplazo a los Representantes que incumplan con los estatutos, y reglamentos establecidos por la Junta para cada uno de los cargos y especialmente por los indicados en el artículo 10, literales “a” y “d” y hasta la terminación del período del principal.

h) Nombrar y remover los funcionarios que se necesitan para la Administración de ASEUTP NACIONAL.

i) Delegar en el representante legal o en cualquier otro miembro de la Junta, las funciones que estime convenientes.

j) Autorizar al representante legal para comprar, vender o gravar bienes y para celebrar contratos cuyo valor exceda de cien (100) salarios mínimos mensuales vigentes.

k) Cuidar que los fondos de la misma Junta Directiva Nacional estén depositados en una Cuenta Bancaria denominada “ASEUTP’’. Esta cuenta será manejada por el Presidente y el Tesorero Nacionales.

l) Coordinar a través de los Tesoreros de las Juntas de los Capítulos el manejo de los fondos que los Capítulos quieran hacer a nivel nacional.

m) Fomentar la creación de nuevos Capítulos en las ciudades donde no los hubiere y supervisar, asistir y atender a los Capítulos.

n) Acreditar los Capítulos establecidos en el exterior.

o) Realizar una reunión anual con los estudiantes de último año y ciclo de postgrado para presentar y explicarles todo lo relacionado con la Asociación.

p) Promover la participación de la Asociación en los Órganos Consultivos del Estado, Organizaciones no Gubernamentales, Asociaciones de Interés Público, Asociaciones Gremiales, Consorcios y Uniones Temporales, Concesiones, Consultorías, Interventorías, etc. y elegir los respectivos Representantes ante estos organismos.

q) Fomentar con las Instituciones u organismos Educativos y Profesionales, programas académicos de Educación Continuada a nivel nacional.

r) Designar y presentar a la UTP, el candidato o los candidatos de la Asociación a ser honrados como Egresados Distinguidos.

s) Elegir los Egresados a condecorar con la distinción GRAN SÍMBOLO ASEUTP. Estos no podrán ser más de tres (3) cada dos (2) años y sólo en las Convenciones Nacionales. Los candidatos deben ser presentados y avalados por un Capítulo legalmente constituido.

t) Convocar a reuniones de la Asamblea Nacional y fijar la sede de la misma.

u) Realizar la Convención Nacional de Egresados cada dos (2) años.

v) Mantener informados a los egresados del funcionamiento y actividades de la Asociación y de sus Representantes a través de la página Web y/o publicar periódicamente una revista, como Órgano Oficial de ASEUTP y con cubrimiento nacional.

w) Mantener actualizada la base de datos de los asociados y propagar el Directorio Nacional de Egresados por intermedio de la página Web o mediante publicación efectuada cada dos (2) años y preferiblemente para las Convenciones Nacionales.

x) Dirigir y resolver los demás asuntos relacionados con la Asociación, que no estén asignados a un sujeto específico.

y) Las demás que la Asamblea Nacional delegue en ella.


TÍTULO V

REPRESENTACIÓN LEGAL, FACULTADES Y FUNCIONES DEL FISCAL


ARTÍCULO 37. REPRESENTANTE LEGAL.- El Representante legal de la Asociación es el Presidente de la Junta Directiva Nacional, y tendrá como Suplente al Vicepresidente de la misma Junta, quien lo reemplazará en las faltas absolutas, temporales o accidentales.

ARTÍCULO 38. FACULTADES DEL REPRESENTANTE LEGAL.- El representante legal tendrá facultades para efectuar y ejecutar todos los actos y contratos comprendidos dentro de su régimen jurídico o que tengan relación directa con el cumplimiento del objeto y funcionamiento, hasta por la suma equivalente a cien (100) salarios mínimos mensuales vigentes en el momento de su celebración. Los actos y contratos que sobrepasen este tope deberán ser aprobados por la Junta Directiva Nacional.


ARTÍCULO 39. ORGANO DE FISCALIZACIÓN INTERNA.- El Fiscal es el órgano de fiscalización interna de la Asociación de Egresados, elegido por la Asamblea General de Asociados, quien tendrá un suplente que asumirá sus funciones en ausencias temporales o definitivas. Las siguientes son sus funciones:


a) Vigilar el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y disposiciones de la Asamblea y de la Junta Directiva Nacional.

b) Rendir informe a la Asamblea Nacional en sus sesiones ordinarias y darle a ésta los datos que solicite.

c) Suministrar las informaciones y emitir su concepto en todos los asuntos que sometan a su consideración, la Asamblea Nacional y la Junta Directiva Nacional.

d) Solicitar a la Junta Directiva Nacional, cuando lo juzgue necesario, reunión de la Asamblea Nacional o reunión extraordinaria de la Junta Nacional.

e) Vigilar y revisar el cumplimiento por el respectivo Tesorero Nacional de lo dispuesto en el Artículo 36, literal “j’’.

f) Informar al Presidente y a su Junta Directiva cuando a su juicio se estén proyectando o haciendo gastos indebidos con los fondos nacionales.

g) Examinar los Balances Generales y aprobarlos con su firma.



TÍTULO VI

DE LOS CAPÍTULOS Y GRUPOS DE ASOCIADOS


ARTICULO 40. FORMACIÓN DE CAPITULOS Y GRUPOS DE ASOCIADOS.- La Junta Directiva Nacional propiciará e impulsará la formación de Capítulos fuera del domicilio principal, determinándoles su zona de influencia, los cuales se regirán de acuerdo con los presentes Estatutos y los Reglamentos de la Asociación de Egresados de la Universidad Tecnológica de Pereira ‘‘ASEUTP’’. Igualmente, en aquellos lugares del territorio nacional donde no exista Capítulo legalmente constituido, podrá autorizar la conformación de GRUPOS, los cuales serán integrados por egresados de la Universidad Tecnológica de Pereira unidos con el ánimo de realizar actividades lúdicas y recreativas, todas ellas dentro del marco de los estatutos y reglamentos de la ASEUTP. Nota: el GRUPO no constituye persona jurídica.

ARTICULO 41. REQUISITOS DE FORMACIÓN DE CAPÍTULOS Y GRUPOS.- Para que en algún lugar del territorio nacional fuera del domicilio principal de la ASEUTP, se pueda constituir un Capítulo, o se autorice la conformación de un GRUPO, se requiere de un mínimo de diez (10) Asociados Activos, pero tratándose de Capítulos establecidos fuera del territorio nacional, el mínimo requerido será de seis (6) Asociados Activos.

Parágrafo 1.-Para legalizar un capitulo los egresados interesados deberán contar con la aprobación escrita por parte de la Junta Directiva Nacional, para lo cual deberán presentar la propuesta de estatutos y el acta de compromiso de constitución con nombre, cedula y listado de asistentes. Los objetivos del capítulo deben estar enmarcados dentro de los que rigen la Asociación Nacional.

Parágrafo 2.-Un capítulo se considera legalmente establecido cuando tenga por lo menos un (1) año de funcionamiento, contado desde la fecha de Registro en la Cámara de Comercio respectiva, y que haya desarrollado las actividades propias de la Asociación.

La acreditación de los grupos y Capítulos establecidos en el exterior se establecerá con la presentación de la copia del acta de la última Asamblea o reunión de Junta del Capítulo pero deberá ser aprobada por la Junta Directiva Nacional, mediante resolución motivada.

Parágrafo 3.-La calidad de capítulo legalmente establecido en el país se acreditará, ante la Junta Directiva Nacional, anualmente, con la presentación del certificado de la Cámara de Comercio, el respectivo NIT, y copia del acta de la última reunión de la Asamblea del Capítulo y de la designación de cargos, que se haya realizado con no más de seis (6) meses de antelación.

Parágrafo 4.- Para la autorización de la conformación de un GRUPO, deberán los interesados presentar solicitud ante la JUNTA DIRECTIVA NACIONAL, la cual deberá contener el número de asociados, nombres completos con identificación personal y una clara manifestación del objetivo por el que desean conformarlo y ser reconocidos.


ARTICULO 42. RESPONSABILIDAD DE LOS CAPÍTULOS Y GRUPOS.

1. Informes anuales de las actividades desarrolladas por parte de cada uno de los capítulos y grupos.

2. Los capítulos deberán enviar anualmente la lista de asociados activos.

3. Un mes antes de la Asamblea Nacional de Egresados los capítulos deberán acreditar ante la Junta Nacional el listado de asociados activos del Capitulo.



TÍTULO VII

DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA

ARTÍCULO 43. NATURALEZA.- El Director Ejecutivo es un Funcionario Administrativo de la Asociación de libre nombramiento y remoción por la Junta Directiva Nacional y tendrá a su cargo la Dirección Administrativa de la Asociación.

Su jefe inmediato es el Presidente de la Asociación de Egresados electo en Asamblea.


ARTÍCULO 44. FUNCIONES.- Las Funciones de la Dirección Ejecutiva serán fijadas y reglamentadas por la Junta Directiva.



TÍTULO VIII

DE LAS CONDECORACIONES Y HOMENAJES

ARTÍCULO 45. Otorgase la distinción “GRAN SÍMBOLO ASEUTP’’, para condecorar a los Egresados que reúnan los méritos exigidos.


ARTÍCULO 46. REQUISITOS.- La condecoración “GRAN SIMBOLO ASEUTP’’ será adjudicada a los Egresados que se hayan destacado en los siguientes campos:

a) Servicio al país.
b) Servicios a su Universidad.
c) Ejercicio meritorio en el campo profesional.
d) Desarrollo sobresaliente en el campo empresarial.
e) Servicios con ASEUTP.


ARTÍCULO 47. Las candidaturas a la Condecoración “GRAN SIMBOLO ASEUTP’’, deberán ser acompañadas por la Hoja de Vida describiendo cada uno de los factores mencionados en el Artículo 46 del presente capítulo.


ARTÍCULO 48. Las candidaturas a la condecoración “GRAN SÍMBOLO ASEUTP“ deberán ser aprobadas por la Junta Directiva de un Capítulo legalmente constituido y presentadas ante la Junta Directiva Nacional en la reunión que ésta determine, y antes de iniciar la Convención Nacional.

Parágrafo.-La Junta Directiva Nacional, en ningún caso podrá lanzar candidaturas para la condecoración “GRAN SÍMBOLO ASEUTP”.

ARTÍCULO 49. La Junta Directiva Nacional hará la adjudicación de la condecoración, con la anticipación suficiente, para que ésta pueda ser entregada en acto especial durante la Convención Nacional de Egresados.


TÍTULO IX

DE LAS PUBLICACIONES

ARTÍCULO 50. Se instituye la revista de la ASEUTP como el órgano oficial de la Asociación; de publicación periódica y dedicada a cumplir con su objeto.

ARTÍCULO 51. La revista ASEUTP estará dirigida por un Director y un Consejo Editorial.


ARTÍCULO 52. DIRECTORIO NACIONAL.-La Asociación de Egresados de la Universidad Tecnológica de Pereira, por intermedio de la Junta Directiva Nacional tendrá la responsabilidad de editar cada dos (2) años, un Directorio Nacional de Egresados que será distribuido a los Asociados Activos de la Asociación mediante correo electrónico o página Web.


TÍTULO X
DEL PATRIMONIO Y LA DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN.

ARTÍCULO 53. PATRIMONIO.- El Patrimonio de la Entidad estará constituido por todos los bienes que ésta adquiera provenientes de donaciones, auxilios, adquisiciones, servicios, establecimientos de cuotas entre los Asociados, etc.

Parágrafo.-La Junta Directiva Nacional reglamentará y fijará las cuotas de sostenimiento, ordinarias y extraordinarias que permitan el normal funcionamiento de la Asociación.

ARTÍCULO 54. DISOLUCIÓN.-La disolución de la Asociación sólo podrá ser decidida por la Asamblea General, por una mayoría de las tres cuartas (3/4) partes del número total de Asociados Activos. El Patrimonio Líquido, que tuviere la Asociación, pasará a la Universidad Tecnológica de Pereira y será destinado preferencialmente a la creación de una nueva Asociación de Egresados.



TITULO XI
REFORMAS

ARTÍCULO 55. PROCEDIMIENTO.-Las reformas a los presentes Estatutos se harán según el siguiente procedimiento:

a) La Junta Directiva Nacional o la Junta Directiva de un Capítulo podrá promover un Proyecto de Reforma al presente Estatuto.

b) La Junta Directiva Nacional, dará un primer debate al proyecto de reforma y si dicha Junta, en votación y por mayoría simple lo encuentra meritorio, deberá darle curso de acuerdo con lo previsto en el siguiente literal.

c) La Junta Directiva Nacional enviará a los egresados y a los Capítulos el Proyecto de Reforma aprobado en el primer debate por la Junta Directiva Nacional para que estos se pronuncien sobre dicho proyecto en un plazo no mayor de sesenta (60) días. Las Juntas Directivas de los Capítulos podrán, si así lo estiman conveniente, debatir el Proyecto de Reforma en Asambleas citadas para este efecto.

d) Expirado el plazo anterior, la Junta Directiva Nacional considerará en segundo debate el Proyecto de Reforma Estatutaria incluyendo las observaciones de los Capítulos. En caso de que algún Capítulo no se pronuncie dentro del plazo establecido, la Junta Directiva Nacional asumirá que tal Capítulo está de acuerdo en un todo con el Proyecto de Reforma propuesto. La Junta Directiva en reunión, decidirá en segundo debate y por mayoría simple, sobre el Proyecto de Reforma de Estatutos.

e) La Junta Directiva Nacional presentará el Proyecto de Reforma de Estatutos para su aprobación en Asamblea Nacional de la ASEUTP de carácter ordinario o extraordinario.



TÍTULO XII
VIGENCIA


ARTÍCULO 56. VIGENCIA.- Una vez aprobada la presente reforma de Estatutos por la Asamblea Nacional, regirá y entrará en vigencia desde su aprobación y deroga en su totalidad los Estatutos anteriores, y todas las reglamentaciones emitidas por las Asambleas o las Juntas Directivas anteriores. Los presentes Estatutos serán promulgados en toda la ASEUTP por la Junta Directiva Nacional.

Aprobados por la Asamblea de la Asociación de Egresados de la Universidad Tecnológica de Pereira, ‘‘ASEUTP’’, realizada el día 15 de agosto de 2010 en Pereira.

Elaboro: JUNTA DIRECTIVA NACIONAL DE LA ASEUTP 2008-2010


DIPLOMADO EN SISTEMAS INTEGRADOS DE GESTION HSEQ CON FORMACION DE AUDITORES INTERNOS ISO 9001, ISO 14001, OHSAS 18001, NORMAS ESTÁNDARES BASC y MECI:G

GENERALIDADES

El diplomado busca ofrecer a los Directores de Calidad, Directores de Seguridad y Salud Ocupacional, Directores de Medio Ambiente , auditores internos formados en diferentes normas de gestión, profesionales y estudiantes de carreras afines con la calidad, seguridad y salud ocupacional y gestión ambiental ; un conocimiento sobre los modelos de gestión integrales y la forma de auditarlos integralmente.

El diplomado pretende crear conciencia en quienes orientan las empresas, en entregar productos y servicios con calidad, protegiendo el medio ambiente y cumpliendo con las normas de seguridad industrial, que permitan satisfacer los requerimientos del cliente minimizando los riesgos ocupacionales y reduciendo el impacto ambiental.

El diplomado permite crear un marco de trabajo integrado, que asegure una operación eficaz y eficiente de los procesos, mediante la implementación de un sistema de gestión integral que cumpla con los requisitos de las normas ISO 9001, OHSAS 18001 e ISO 14001


DURACIÓN:

175 horas

HORARIO *

VIERNES 6:30 PM a 9:30 PM
SABADOS 8:00 AM a 1:00 PM
*El modulo de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional se desarrollara entre semana los martes y jueves (cronograma adjunto)


CONTENIDO

MODULO 1: INTRODUCCION A SISTEMAS DE GESTION INTEGRAL
Generalidades de las normas ISO 9001, ISO 14001, OHSAS 18001, Normas estándares BASC y MECI:GP 1000.
Generalidades de un Sistema de Gestión Integral
8 horas (Esp. Jairo Alberto Méndez Osorio)


MODULO 2: PLANEACION ESTRATEGICA
Misión, Visión
Estrategias: Desarrollo de una Matriz FODA=DOFA
Valores corporativos
Política de gestión integral.
Objetivos, metas y programas de gestión
Indicadores de gestión para el seguimiento de metas
Fichas técnicas de indicadores de gestión integrales.
20 horas ( Mgs. Carlos Mario Arteaga Pacheco)

MODULO 3: DOCUMENTACION DE SISTEMAS DE GESTION INTEGRALES
Modelo de operación por procesos
Procedimientos integrales
• Control de Documentos
• Control de registros
• Acciones correctivas
• Acciones preventivas
• Control del producto no conforme – control operacional
• Auditorías Internas
Estructura Documental del Manual Integral
16 horas (Esp. Jairo Alberto Méndez Osorio)


MODULO 4: CALIDAD ISO 9001:2008
• Enfoque al Cliente
• Recurso Humano
• Infraestructura
• Prestación del Servicio
• Compromiso de la Dirección
• Satisfacción del Cliente
• Equipos / Medición
• Representante por la dirección
20 horas (Esp. Diana Milena Aristizabal)


MODULO 5: AMBIENTAL ISO 14001:2004
• Planificación :Identificación de Aspectos e Impactos Ambientales, requisitos legales, objetivos , metas y programas
• Implementación y Operación: control operacional
• Verificación : Medición , Seguimiento requisitos legales y Control de Registros
• Revisión por la Dirección
16 horas (Esp. Jairo Alberto Méndez Osorio)


MODULO 6: SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL OHSAS 18001:2007
• Planificación: Identificación de peligros, valoración de riesgos, determinación de requisitos legales, objetivos, metas y programas.
• Implementación y operación: rendición de cuentas, control operacional y preparación y respuesta ante emergencias.
• Verificación : Investigación de incidentes, seguimiento a requisitos legales, seguimiento y medición
• Revisión por la dirección
16 horas (Esp. Sandra Milena Angarita)


MODULO 7: GESTIÓN EN CONTROL Y SEGURIDAD BASC:2008

• Introducción al Sistema en Control y Seguridad BASC
• Norma y estándares BASC, Versión 3 2008
• Introducción a la gestión de riesgos.
• Introducción a la NTC 5254:2006
• Etapas del proceso de Gestión de Riesgos
• Planes de Continuidad del Negocio.
20 horas (Esp. José David Cuartas)


MODULO 8: GESTION PUBLICA NTC GP1000:2009 Y MECI

• Fases de implementación NTC GP1000 Y MECI
• Roles y Responsabilidades en la implementación de NTC GP1000 Y MECI
• Principios de NTC GP1000 Y MECI
• Elementos comunes en NTC GP1000 Y MECI
• Identificaciòn, caracterización de procesos en NTC GP1000 Y MECI
• Armonizaciòn entre NTC GP1000 Y MECI
• Estructura y compatibilidad entre NTC GP1000 Y MECI
• Talleres teóricos prácticos sobre la implementación de NTC GP1000 Y MECI
16 horas (Esp. Sandra Yamile Calvo Cataño)


MODULO 9: REQUISITOS LEGALES DE UN SISTEMA DE GESTION INTEGRAL
Legislación aplicable al cumplimiento de los Requisitos legales de un sistema de gestión integral de calidad, seguridad y salud ocupacional y gestión ambiental.
12 horas (Dr. Leonardo Rodríguez Arango)


MODULO 10: AUDITORIAS INTERNAS DE UN SISTEMA DE GESTION INTEGRAL
Planeación de auditorías internas HSEQ
Ejecución de auditorías internas HSEQ
Redacción de No Conformidades HSEQ
Informes de auditorías internas HSEQ
Seguimiento de auditorías internas HSEQ
Competencia y Evaluación de auditores internos HSEQ
22 horas (Esp. Jairo Alberto Méndez Osorio)


MODULO 11: TRABAJO PRÁCTICO
Externo
Se desarrollaran tutorías donde se asesoran los trabajos que cada estudiante este desarrollando.

• Asesoría de trabajos finales Viernes 12 de agosto 6:30 a 9:30 pm
• Entrega de trabajo Final Sábado 13 de agosto de 2011
• Examen Final Sábado 20 de Agosto 2011
• Clausura viernes 26 de Agosto 2011



Facilitadores

SANDRA MILENA ANGARITA MONTOYA
Ingeniera Industrial y Especialista en Gestión de Calidad y Normalización Técnica de la Universidad Tecnológica de Pereira
Formada como Auditor en Sistemas de Gestión de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional. NTC OHSAS 18001, BUREAU VERITAS COLOMBIA LTDA.
Docente de la Especialización en Gestión de Calidad y Normalización Técnica de la Universidad Tecnológica de Pereira
Docente de la Especialización en Gerencia de Salud Ocupacional de la Fundación Universitaria del Área Andina
Formadora de Auditores Internos de Calidad, Seguridad y Salud ocupacional
Asesora externa para empresas afiliadas a ARP Colpatria (Pereira) y ARP Colmena (Manizales).
Asesora de diferentes Organizaciones, tanto a nivel privado como público, entre ellas: Concejo Municipal de Pereira, Gobernación de Risaralda, Contraloría Departamental de Risaralda, Centro de Diagnostico Automotor de Risaralda, Alcaldía de Dosquebradas, Odontostetic, Coodesuris, etc.

DIANA MILENA ARISTIZABAL AGUDELO
Ingeniera Industrial y Especialista en Gestión de Calidad y Normalización Técnica de la Universidad Tecnológica de Pereira.
Especialista en Evaluación Social de Proyectos de la Universidad de los Andes.
Maestría en Sistemas Integrados de Gestión de la Calidad, en curso
Coordinación de la oficina de gestión de la calidad, Sistema de Gestión de la Calidad de la Universidad Tecnológica de Pereira.

SANDRA YAMILE CALVO CATAÑO
Ingeniera Industrial, Especialista en Gestión de Calidad y Normalización Técnica, Aspirante a MGS en Sistemas Integrados de la Calidad de la Universidad Tecnológica de Pereira.
Formada en curso para la preparación del examen:“Certified Interna Auditor – CIA” Módulos 1,2,3 y 4. Instituto de Auditores Internos, Capitulo Colombia.
Formada como Auditor Interna ISO 9001:2008 y GP1000:2004, BUREAU VERITAS
Asistente al V foro Internacional hacia la excelencia en el Servicio Público, Acción Social, 2009
Asistente al Primer Congreso Internacional, Por una Gestión Publica Competitiva e Innovadora, Departamento Administrativo de la Función Pública, 2009
Presidente del Comité Interinstitucional de Control Interno del Risaralda, en Representación de la Universidad Tecnológica de Pereira, 2006 - Actual
Docente de la Especialización en Gestión de Calidad y Normalización Técnica de la Universidad Tecnológica de Pereira, en el Módulo MECI.
Profesional Universitario de Control Interno en la Universidad Tecnológica de Pereira 2005 - Actual
Jefe de Control Interno Alcaldía Municipal de Riosucio Caldas 2004 - 2005


JAIRO ALBERTO MENDEZ OSORIO
Administrador de Empresas de Universidad Escuela de Administración de Negocios de Bogotá, Diplomado en Habilidades Gerenciales en la Universidad Autónoma de Colombia, Tecnología en Administración pública Municipal de la ESAP, Estudios de Ingeniería Eléctrica en la UTP. Estudios de especialización en Gerencia de Procesos de Calidad e Innovación Tecnológica en la Universidad EAN de Bogotá, Seminario de gerencia de proyectos en tecnologías informáticas con SENA.
Formado como Auditor Líder HSEQ en las normas de Calidad, Seguridad y Salud Ocupacional y Gestión Ambiental en BVQI LTDA Bogotá.
Líder de Gestión integral de la Empresa Telefónica de Pereira. Administrador de los sistemas de gestión de Calidad, S&SO, Ambiental, Responsabilidad Social y Gestión Pública. Auditor de Control interno.

JOSE DAVID CUARTAS ARISTIZÁBAL
Ingeniero Industrial y Especialista en Gestión de Calidad y Normalización Técnica de la Universidad Tecnológica de Pereira, postulante a la Maestría en Sistemas Integrados de Gestión, Universidad Tecnológica de Pereira.
Auditor Interno en Sistemas Integrados de Gestión ISO 9001:2008 / ISO 14001:2004 / OHSAS 18001:2007.
Auditor Interno Estándares BASC/C-TPAT V3-2008 - Business Alliance for Secure Commerce
Auditor Interno Estándares BASC V2 - Business Alliance for Secure Commerce
Analista de Riesgos Operativos - Curso de Postgrado en Análisis de Riesgos y Operabilidad HAZOP.
Actualmente.
JEFE DEPTO. SISTEMAS DE GESTIÓN Y AUDITORIA INGENIO RISARALDA S.A.
Miembro permanente del Comité de Certificación BASC (Business Alliance for Secure Commerce) Capítulo Centro Occidente.
Miembro permanente del Comité Técnico del Organismo Certificador de Sistemas de Gestión de la Calidad de la Universidad Tecnológica de Pereira.
Representante de la Dirección General Ingenio Risaralda S.A. para los Sistemas de Gestión ISO 9001 e ISO 14001.
Representante por Ingenio Risaralda S.A. ante los Comités de Calidad y BASC para ANDI Risaralda – Quindío.

CARLOS MARIO ARTEAGA PACHECO
Magister en Administración Económica y Financiera, Universidad Tecnológica de Pereira.
Especialista en Administración de Sistemas Informáticos, Universidad Nacional de Colombia, sede Manizales
Ingeniero Electricista, Universidad Tecnológica de Pereira
Catedrático de la Facultad de Sistemas, Profesor transitorio de tiempo completo del programa de Ingeniería de Sistemas y Computación,
Catedrático en programas de Maestría y Profesionalización Universidad Tecnológica de Pereira.
Algunos Cargos Obtenidos:
Asesor en Informática para el proyecto Sistema de Transporte Masivo, Área Metropolitana Centro Occidente.
Subdirector de informática. Área Metropolitana Centro Occidente.
Subsecretario de Tecnología Informática, Alcaldía de Pereira.

LEONARDO RODRÍGUEZ ARANGO
Abogado Universidad Libre Seccional Pereira
Contador Público Universidad Libre Seccional Pereira.
Tecnólogo en Gestión Bancaria y Financiera Universidad del Quindío- Universidad del Tolima
Administración Pública Territorial Escuela Superior de Administración Pública
Especialización en Alta Gerencia Universidad Libre Seccional Pereira
Especialización en Legislación Tributaria Universidad Pontificia Bolivariana de Medellín
Maestría en Derecho Procesal Universidad de Medellín
Especialización en Gestión y Regulación de las Telecomunicaciones Universidad Externado de Colombia
Especialista en Derecho de los Negocios, universidad Externado de Colombia
Auditor Integral de Calidad Normas Técnicas ISO 9001:2000, ISO 14001, OHSAS 18001 y SA 8000. BVQI.
Auditor líder norma ISO 9001:2000. BVQI, Auditor líder norma OHSAS 18001.

FECHA DE INICIACIÓN

11 DE MARZO DE 2011


VALOR DE LA INSCRIPCIÓN: $20.000
VALOR DE LA MATRICULA:
Público en General: $2.150.000
Egresado Afiliado: $1.650.000


DESCUENTO ESPECIAL PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO CON FOTOCOPIA DEL CARNÉ ACTUALIZADO


Consignar en: HELM BANK, Antes Banco de Crédito Cra. 7. Calle 21 Edificio Picazo (antiguo banco del estado) Pereira
No. Cuenta de ahorros: 601-01721-8

INFORMACIÓN:

ASOCIACION DE EGRESADOS UTP
EDIF. SISTEMAS, PISO 3, OF. R-305
TEL. 3137110 – CONM. 3137300 EXT. 414
Celular 321-6422569 - 321-6423542
CORREO ELECTRONICO. aseutp@gmail.co